Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0883/2004-R
Fecha: 08-Jun-2004
I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
Los recurrentes a través de su abogado, ratificaron y reiteraron los términos de su demanda, añadiendo que la revocatoria del Comité de Vigilancia de la provincia Modesto Omiste no se produjo por ninguna de las causales señaladas en el art. 12 del Decreto Reglamentario a la Ley de Participación Popular y Descentralización (DS 24447 de 14 de enero de 1997).
- Osvaldo Vilte Torres, Florencio Condori Bonifacio, Juan Viscarra Romero y Eddy Mamani Romero
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Personas recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.