Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0883/2004-R
Fecha: 08-Jun-2004
III FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
Los recurrentes arguyen que no obstante que fueron legalmente elegidos miembros del directorio del Comité de Vigilancia de la provincia Modesto Omiste por el lapso de dos años, los recurridos lo desestabilizaron eligiendo un nuevo directorio el 8 de marzo de 2004 en forma ilegítima y sin seguir el procedimiento pertinente. Corresponde, en revisión, analizar si en este caso se debe otorgar la tutela buscada por los actores.
- Osvaldo Vilte Torres, Florencio Condori Bonifacio, Juan Viscarra Romero y Eddy Mamani Romero
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Personas recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.