Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0895/04-R
Fecha: 08-Jun-2004
II.2.
II.2. En la misma fecha la Fiscal dispuso el inicio de la investigación (fs. 29 vta.) y el 5 de junio de 2003, se dio aviso de ese extremo a la autoridad recurrida (fs. 30 y vta.), habiéndose dado aviso también de la ampliación de la denuncia (fs. 73-75 y 80); procediendo el Ministerio Público a imputar formalmente al actor el delito de estafa y a solicitar la aplicación de medidas cautelares de arraigo y garantía personal por requerimiento de 4 de diciembre de 2004 (fs. 385-387).