SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0909/2004-R
Fecha: 15-Jun-2004
I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
En el informe prestado en audiencia, el abogado del Director de la Escuela de Música “Eduardo Caba”, indicó lo siguiente: a) que no es evidente que no se permite a la recurrente a participar en reuniones de profesores, acompañando como prueba una copia del acta del Consejo de Profesores efectuado el 25 de marzo del presente año, en la que ella estuvo presente, así como para los festejos del 27 de mayo, donde la recurrente conformó una comisión; b) que en la reunión del Consejo de Profesores se distribuyeron las setenta y dos horas asignadas a la actora, debiendo pasar clases de piano durante sesenta y cuatro horas, mientras que las ocho restantes dictaría teoría de la música, al igual que los otros profesores, aclarando que consta que en el acta de esa reunión firmó la recurrente; c) que el pasado año, la recurrente tenía 19 alumnos, no 4, que este año existe poco alumnado, que en principio a la actora se le asignaron 23 estudiantes y actualmente tiene 33, pero para que todos permanezcan hasta fin de año depende de la habilidad, dedicación, esfuerzo y trabajo de la demandante; d) que respecto a haberse colocado candado al piano, eso es evidente por razones de seguridad y mantenimiento; también es cierto, que la recurrente tiene llave de ese candado; e) que no se ha lesionado su derecho al trabajo, pues ella firma en el libro de asistencia y en planillas, figurando en el parte del mes de febrero que ella no tiene faltas y por tanto no existe descuento alguno; f) respecto a su cambio, el Director tiene derecho a sugerir al final de la gestión, la ratificación o el cambio de sus profesores, pero no retira al personal porque no tiene facultades para ello.
A su turno, el abogado del Director Distrital de Educación informó lo que sigue: a) que la relación laboral de la recurrente no es directa con la Dirección Distrital, sino con la Dirección de la Unidad Educativa a la que pertenece y corresponde al titular de esa unidad administrar al personal docente; b) en consecuencia, su autoridad como Director Distrital no pudo haber cometido los hechos denunciados; c) que los supuestos hechos ilegales ya cesaron, porque se llevó a cabo una audiencia en la que se otorgó a la actora el alumnado y otros aspectos.
Con la palabra el Director Distrital de Educación, señaló que desde 1998 existen denuncias contra la actora por parte de padres de familia, profesores y directores; que en este caso, conversó con el Director de la Escuela de Música para que solucione el conflicto con cordialidad, y el 15 de marzo se le otorgó a la actora 22 alumnos para que trabaje, pero conservar ese número de estudiantes depende de la eficiencia de cada profesor.