SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0909/2004-R
Fecha: 15-Jun-2004
improcedente
Por Resolución cursante de fs. 64 a 65, se declaró improcedente el recurso, con la siguiente fundamentación: 1) por la demanda y el informe prestado por las autoridades recurridas se demuestra que no ha sido restringido, suprimido o amenazado ninguno de los derechos fundamentales de la actora; 2) por la nota de 19 de marzo de 2004, expedida por el Director Distrital de Educación, se establece que la recurrente continúa cumpliendo sus actividades como Docente; 3) que la demandante no ha expuesto con claridad y precisión los hechos que sirven de fundamento, conforme dispone el art. 97.3) de la Ley del Tribunal Constitucional; 4) que la actora tiene los medios expeditos para plantear sus reclamos, sea ante la Dirección de Desarrollo Social, la Prefectura y las autoridades de educación nacional.