Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0909/2004-R
Fecha: 15-Jun-2004
II.2.
II.2. A solicitud de la actora, por certificado de 28 de agosto de 2003, el Fiscal de Materia señaló ser evidente que en su despacho se realizó una audiencia de conciliación entre la recurrente, el Director Departamental del SEDUCA y el Director de la Escuela de Música “Eduardo Caba”, habiéndose acordado que al no ser evidente la inasistencia de aquella por seis días consecutivos a su fuente de trabajo, por lo que esas faltas deberían ser borradas del libro de asistencia (fs. 4 y Vta.).