SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0954/2004-R
Fecha: 18-Jun-2004
II.3.
II.3. Contra el rechazo de las excepciones el recurrente interpuso el 18 de agosto de 2003 recurso de apelación con la siguiente exposición de agravios: 1) el Juez no consideró que el supuesto representante del coactivante no presentó la escritura de constitución, estatutos y reglamentos que acrediten la existencia jurídica del Banco coactivante; tampoco los extremos de incompetencia por insuficiencia de poder en los apoderados del coactivante; 2) no tomó en cuenta la excepción de inhabilidad de título coactivo por incumplimiento del art. 23 de la Ley del Notariado; 3) el Juzgador incurrió en error de juzgamiento por no valorar la excepción de inhabilidad de título coactivo por inexistencia de desembolso; tampoco observó la excepción de falta de fuerza coactiva por inexistencia de contrato de hipoteca y por inexistencia de poder para renunciar a los trámites del en proceso ejecutivo; 4) incurrió error de juzgamiento por no analizar la excepción de falta de fuerza coactiva por inexistencia de fecha de vencimiento (fs. 124-128), recurso que fue concedido en el efecto devolutivo mediante Auto de 16 de septiembre de 2003 (fs. 134)..