Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0967/2004-R
Fecha: 23-Jun-2004
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
Expresa que mediante Memorando 2233/98 de 29 de mayo de 1998 el Comandante Departamental de la Policía le concedió licencia indefinida previa solicitud de su parte, y el 13 de abril de 1999 solicitó su reincorporación al Comandante General de la Policía Boliviana, reiterando dicha solicitud el 14 de septiembre y 28 de noviembre de 2000, 5 de marzo de 2001, 30 de enero y 24 de noviembre de 2003, por lo que el Comandante Departamental de Policía en 8 de enero de 2004 le comunicó que la Dirección Nacional de Personal desestimó su petición de acuerdo al Reglamento vigente.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2. Resolución de la Corte Superior de Santa Cruz
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- la autoridad competente en primera instancia para conocer un recurso de amparo
- jurisdicción
- es competente)
- II.2.