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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0967/2004-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0967/2004-R

    Fecha: 23-Jun-2004

    II.2.

       II.2.          En la  especie, los actos presuntamente ilegales que denuncia el recurrente  son atribuidos al Comandante General de la Policía Nacional cuya sede es La Paz, por tanto se efectuaron en esa ciudad, de modo que es competente para  conocer y resolver este asunto la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, siguiendo el  entendimiento de la jurisprudencia constitucional referida.

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
    • I.2. Resolución de la Corte Superior de Santa Cruz
    • II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • la autoridad competente en primera instancia para conocer un recurso de amparo
    • jurisdicción
    • es competente)
    • II.2.

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