Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0024/2004-CDP
Fecha: 16-Jul-2004
I.1.
I.1. Mediante SC 0190/2003-R de 19 de febrero, este Tribunal aprobó la Resolución de fs. 486 a 488 de 28 de noviembre de 2002 dictada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito de Cochabamba declarando procedente el recurso respecto a los derechos al trabajo, a percibir una remuneración justa, a participar en la función pública, a la carrera administrativa y a la seguridad jurídica, consagrados en los arts. 7.a), d), j) y 40.2) de la CPE, fallo en el que se dispuso la aplicación del art. 102.VI de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC) para la calificación de daños y perjuicios que debe hacerla el Tribunal de amparo.