Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0024/2004-CDP
Fecha: 16-Jul-2004
II.1.
II.1. En el presente caso la calificación de daños y perjuicios hecha por el Tribunal de amparo se basa en las planillas de sueldos y aguinaldos de 5 meses de octubre a febrero y 6 días del mes de marzo por las gestiones 2002-2003 y presentadas dentro del término incidental abierto, las que establecen los montos que debieron percibir los recurrentes por esos meses y días.