AUTO CONSTITUCIONAL 0024/2004-CDP
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0024/2004-CDP

Fecha: 16-Jul-2004

I.1.2.

I.1.2. Abierto el término incidental probatorio por dicho Tribunal, mediante Auto de fs. 519 de 24 de noviembre de 2003, en el que tanto la parte recurrente como la recurrida presentaron prueba, sobre cuya base el Tribunal de amparo emitió resolución  a fs. 550, que califica los daños y perjuicios de Bs306.857.78.- que comprenden sueldos y aguinaldos devengados por el tiempo que estuvieron los recurrentes cesantes de su fuente laboral (cinco meses y seis días).