Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0028/2004-CDP
Fecha: 30-Jul-2004
I.2.
I.2. En mérito a las observaciones de la parte recurrida (fs. 465), por Auto de 16 de diciembre de 2003 (fs. 465 vta.), la Corte de amparo abrió el término probatorio de ocho días, para que se acrediten los respectivos daños y perjuicios. Este Auto fue notificado a las partes el 5 de enero del año en curso (fs. 466).