Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1012/2004-R
Fecha: 02-Jul-2004
II.2.
II.2. Por Auto Interlocutorio 39/2003 de 13 de agosto (fs. 38 y 39) el Juez de Partido Tercero en lo Civil declaró probadas las excepciones de cosa juzgada y prescripción planteadas por la co-demandada, Modesta Santa María Ortiz, e improbada la excepción de cosa juzgada formulada por Abel James Arando Llanos dentro del proceso ordinario referido. El actor interpuso recurso de apelación contra dicho Auto Interlocutorio el 18 de agosto de 2003 (fs. 17 y 18), emitiéndose el Auto de Vista 152/2003 de 15 de septiembre por los vocales recurridos (fs. 21 y 22) por el que anularon y repusieron obrados hasta fs. 63 inclusive.