Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1012/2004-R
Fecha: 02-Jul-2004
II.4.
II.4. Por Auto de Vista 64/2004 de 30 de marzo (fs. 29 y 30) los vocales recurridos anularon y repusieron obrados hasta fs. 63 inclusive, es decir hasta el estado de que el operador de justicia dicte nueva resolución con referencia a las excepciones opuestas, con multa al inferior de Bs200.- Contra esta Resolución no cursa en obrados recurso alguno.