SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1019/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1019/2004-R

Fecha: 01-Jul-2004

procedente

Concluida la audiencia, el Tribunal de amparo constitucional pronuncia Resolución que declara procedente el recurso, disponiendo la nulidad del señalamiento de declaración del imputado en vía de anticipo de prueba. Como fundamentos se señalan: 1) el pedido del Fiscal no reúne las condiciones del art.307 del CPP; 2) la pretendida declaración no es factible en la etapa preparatoria sino únicamente ante el Fiscal, sin que pueda ser introducida por su lectura al juicio oral y público, sino que fatalmente debe realizarse en la sustanciación de éste, pues por su condición de sindicado no puede ser obligado a prestar testimonio en forma coercible.

Por todo lo expresado precedentemente, la situación planteada no se encuentra dentro de las previsiones del citado art. 19 de la CPE, por lo que el Tribunal de amparo al haber declarado procedente el recurso, no ha efectuado una adecuada compulsa de los antecedentes procesales ni dado correcta aplicación al citado precepto constitucional.