SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1033/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1033/2004-R

Fecha: 06-Jul-2004

III.2.

III.2.   La línea jurisprudencial citada, es aplicable al caso en examen, por cuanto, con relación a las bajas a que fue sometido sin previo proceso disciplinario, el recurrente interpone amparo constitucional después de más de cuatro años, en razón de que las dos bajas consecutivas de las que fue objeto, a decir suyo, sin previo proceso, fueron dispuestas mediante Resoluciones dictadas en las gestiones 1998  y 1999. Del mismo modo, en cuanto a la omisión de convocarlo a los exámenes de ascenso para el grado de teniente, no obstante los justificativos formulados por memorial de 23 de mayo de 2002, el recurrente interpone el presente recurso después de más de un año y medio de que solicitó se le incluya en la lista de convocados a dichos exámenes, fecha desde la que no realizó ninguna otra actuación en procura de la protección de su derecho.

Igualmente, solicita tutela porque el Tribunal Disciplinario Superior de la Policía Nacional, sin tener facultades para ello resolvió revocar mediante Resolución 197/2000, de 10 de noviembre el Auto Final del Sumario, dictando Auto condenatorio en su contra con pérdida de un año de antigüedad, acto que considera ilegal; extremo que en virtud al principio de inmediatez, tampoco puede ser considerado en esta vía extraordinaria de protección al haber sido interpuesto después de más de tres años que fue dictada la indicada Resolución.