Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1061/2004-R
Fecha: 07-Jul-2004
II.3.
II.3. El 31 de marzo de 2004, el recurrente denunció ante el Concejo Municipal de Punata los hechos cometidos contra su persona por el recurrido, manifestando de forma expresa, que la denuncia presentada no tenía por objeto pedir el retorno a su cargo, pues eso pediría mediante recurso de amparo constitucional (fs. 96).