SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1061/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1061/2004-R

Fecha: 07-Jul-2004

procedente

Concluida la audiencia, el Tribunal de amparo, declaró procedente el recurso, con los fundamentos siguientes: a) las normas previstas por los arts. 156 y 157 de la CPE, protegen el trabajo, por constituir la base del orden social económico, asimismo el precepto del art. 43.6 de la LM establece como facultad del Alcalde la designación y retiro de los oficiales mayores y el personal administrativo, que de acuerdo a las normas previstas por el art. 41 inc. e) del Estatuto del Funcionario Público (EFP), la destitución sólo procede como emergencia de un proceso disciplinario o judicial; que en el caso presente no existió; b) el hecho de que el recurrente se hubiera mantenido en su cargo durante veinte días posteriores al momento en que el recurrido recobró la condición de Alcalde, posibilitó la reconducción tácita del contrato de trabajo por tiempo indefinido, de acuerdo a la estipulación de la “RM 283/62 de 13 de junio de 1962”.