SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1066/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1066/2004-R

Fecha: 07-Jul-2004

III.1.

III.1. Al efecto, corresponde reiterar que, tomando en cuenta la importancia del derecho a la libertad física, la Constitución ha establecido garantías normativas y jurisdiccionales para su efectivo ejercicio y protección; así, la norma prevista por el art. 9 de la referida Ley Fundamental ha establecido las condiciones de validez para la aplicación de medidas restrictivas al ejercicio del derecho a la libertad física, a saber las siguientes: a) la restricción o supresión del derecho a la libertad física o derecho de locomoción, sólo podrá efectuarse en los casos y según las formas previstas por ley; b) la restricción o supresión deberá ser ordenada por una autoridad competente; y c) la restricción o supresión deberá ser ordenada de manera expresa y motivada, debiendo intimarse por escrito y expedirse el respectivo mandamiento. Estas condiciones de validez han sido ampliamente analizadas y desarrolladas por este Tribunal.

            En cuanto a los casos previstos por ley, corresponde señalar que, entre otras, la legislación penal ha previsto los casos de restricción o supresión del derecho a la libertad física, como emergencia de la comisión de delitos, faltas o contravenciones menores, o ilícitos penales administrativos. Empero, en cada ámbito se definen los casos y las formas en que se efectúa la restricción o supresión del derecho a la libertad física.

            El ámbito penal contravencional, ciertos sectores de la doctrina lo consideran como una subespecie del penal delictivo, ya que si bien también se aplica en conductas que igualmente lesionan valores éticos de carácter universal, quienes incurren en las faltas o contravenciones lo hacen en un grado menor y generalmente transgreden normas de utilidad social que tienen como objeto conservar y resguardar el orden y seguridad pública. Entonces, al no ser un delito la conducta del infractor, se le aplica una sanción restrictiva del derecho a la libertad física relativamente leve con la finalidad de corregir la falta o contravención y prevenir la comisión de un delito.