Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1099/2004-R
Fecha: 14-Jul-2004
improcedente
Concluida la audiencia el Tribunal de amparo constitucional pronuncia Resolución que declara improcedente el recurso, con los siguientes fundamentos: 1) los recurrentes si consideran que se ha lesionado sus derechos o garantías causándole agravio a la Cooperativa mediante la Resolución Administrativa impugnada, tenían a su alcance los recursos administrativos correspondientes; 2) si las actuaciones de los recurridos se adecuan a lo establecido por el art. 31 de la CPE, tienen expedita la vía del recurso de nulidad.