SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1132/2004-R
Fecha: 21-Jul-2004
improcedente
La Resolución de 16 de abril de 2004 (fs. 157-160 vta.), declaró improcedente el recurso, con costas y multa de Bs1.000.-, bajo el fundamento de que la recurrente no acreditó con prueba alguna, haber agotado todos los recursos y procedimientos administrativos que franquea la ley para impugnar o invalidar los proveídos tachados de ilegales, máxime si el Auto pronunciado por el Juez Instructor Cautelar sobre el criterio de oportunidad reglada es apelable, infiriéndose que la actora planteó este recurso sin haber agotado los procedimientos y recursos administrativos aduaneros, motivo por el cual no se abre la competencia para considerar y resolver sobre la legalidad o no de los proveídos impugnados y sobre la situación jurídica del vehículo. Se concluye también que la actora carece de legitimidad activa para plantear el presente recurso extraordinario.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal
- 3
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- Fragmento 14
- “(…) ante la negativa de dar curso a la solicitud de nacionalización del vehículo indocumentado
- III.3.
- APROBAR