SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1139/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1139/2004-R

Fecha: 21-Jul-2004

III.2.

III.2.      El requerimiento conclusivo de sobreseimiento dictado por el Ministerio Público es una resolución definitiva, por cuanto decide la situación jurídica del denunciado o imputado, la cual en caso de no ser impugnada queda ejecutoriada y concluye el proceso investigativo; por lo que es necesario la notificación personal conforme establece el art. 163 inc. 2) del CPP con el fin de dar a conocer la resolución para que la parte que se considere afectada pueda ejercitar su derecho de impugnación, empero por expresa permisión legal si pese a la inobservancia de  formalidades en la notificación de dicho actuado ésta cumplió su finalidad, adquiere toda la validez legal, tal cual establece el art. 166 in-fine del CPP y la Jurisprudencia Constitucional al establecer que: “los actos procesales son válidos en la medida en que cumplen adecuadamente la finalidad que conllevan, sin lesionar derecho fundamental alguno; sin que meras formalidades puedan invalidar los mismos”, así las SSCC 51/2004-R y 933/2004-R.