Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1162/2004-R
Fecha: 23-Jul-2004
III.1
III.1 En primer término corresponde dejar establecido que habiéndose dispuesto mediante RM 010/2004 de 2 de abril la derogatoria de sus similares 05/2004 y 06/2004 de 19 de marzo, por las que se disponía la pérdida del mandato de Concejal del recurrente y su destitución del cargo de Alcalde, han cesado los efectos de los actos reclamados emergentes de las indicadas resoluciones, por lo que el presente análisis se circunscribirá a la RM 08/2004 por la que se elige una nueva directiva del Concejo; la RM 09/2004 por la que se nombra un nuevo Alcalde y a la RM 010/2004, en virtud a la ampliación del recuso formulada por el recurrente en el Punto I.2.1