SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1169/2004-R
Fecha: 27-Jul-2004
I.1.1.Hechos que motivan el recurso
En el memorial presentado el 27 de abril de 2004 (fs. 115-120), el recurrente aduce que tuvo conocimiento que el 15 de octubre de 2002 el Banco Nacional de Bolivia S.A., no obstante en calidad de Diputado Nacional, le inició un proceso ejecutivo en el Juzgado Décimo de Partido en lo Civil y Comercial, en el que el Juez de la causa actuó con total desconocimiento y violación del art. 52 de la CPE, vigente hasta el 20 de febrero de 2004, admitió la demanda y continuó con el procedimiento, por lo que presentó un incidente de nulidad que fue rechazado por el Juez demandado mediante Resolución de 31 de marzo del año en curso, en el que realiza un análisis del art. 52 de la CPE modificado por la Ley 2631 de 20 de febrero de 2004, en total desconocimiento de la irretroactividad de la ley, claramente estipulado por el art. 33 de la CPE.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1.Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 12
- a) cuando se planteó el recurso pero de manera incorrecta, que se daría en casos de planteamientos extemporáneos o equivocados
- III.2.
- APRUEBA