Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1186/2004-R
Fecha: 29-Jul-2004
improcedente
1) Se tiene evidencia de que se inició un proceso ordinario sobre mejor derecho propietario, acción negatoria y pago de daños y perjuicios, y al haberse declarado incompetente el Juez, se interpuso un recurso de apelación, habiéndose revocado el Auto apelado, reconociendo expresamente que los terrenos objeto de la litis se hallan ubicados dentro del radio urbano; fallo contra el que el afectado recurrió de casación y que fue resuelto por la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia, con atribución y competencia propias, sin haber quebrantado norma jurídica alguna, sometiendo sus actos a la ley;