Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1187/2004-R
Fecha: 30-Jul-2004
III.3.
III.3. De otro lado, la Ley contra la violencia en la familia o doméstica establece la política del Estado contra la violencia en la familia o doméstica, los hechos que constituyen violencia, las sanciones a ser aplicadas y las medidas de prevención y protección inmediata a la víctima. Por otra parte, esta Ley señala de manera expresa en su art. 2 que: “Los bienes jurídicamente protegidos por la presente ley son la integridad física, psicológica, moral y sexual de cada uno de los integrantes del núcleo familiar”, texto del que puede colegirse que el patrimonio familiar no constituye un bien que se encuentra protegido por esta Ley.