Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1190/2004-R
Fecha: 30-Jul-2004
III.2.
III.2. En el caso de autos, una vez interpuesto el recurso, admitido el mismo y citada la autoridad recurrida, el actor presentó desistimiento de la acción de amparo, arguyendo que había cesado el acto ilegal reclamado, al recibir por parte del demandado, el memorando de restitución a su fuente original de trabajo en el SEDAG, dependiente de la Prefectura Departamental de Tarija, con el mismo ítem.