Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1197/2004-R
Fecha: 30-Jul-2004
II.1.
II.1. Mediante Sentencia condenatoria pronunciada el 12 de junio de 2002 por el Tribunal de Sentencia de Quillacollo, Humberto Meneces Mamani -ahora recurrente- fue condenado a la pena de veinte años de presidio sin derecho a indulto por el delito de violación agravada a cumplir en el centro penitenciario de San Pablo (fs. 15 a 17); mandamiento de condena que fue librado el 30 de noviembre de 2002 (fs. 45); el recurrente estuvo recluido en ese Penal desde el 5 de octubre de 2001 hasta el 27 de mayo de 2004. (fs. 10).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- los actos que el recurrente acusa como ilegales, no conllevan una restricción, amenaza o supresión de su derecho a la libertad de locomoción, la que ya ha sido restringida por orden de Juez competente cuando libró el mandamiento de condena en su contra, en mérito a una sentencia ejecutoriada
- III.3
- APROBAR