SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0088/2004
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0088/2004

Fecha: 10-Ago-2004

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La recurrente arguye que  ha sido destituida por la autoridad demandada del cargo que desempeñaba en el SEDES-Chuquisaca, sin que ella tenga ninguna atribución al efecto, por cuanto son los DILOS quienes tienen competencia respecto de los recursos humanos en dicho Servicio. Corresponde analizar si los recurridos tenían competencia para dictar la Resolución objetada en la demanda.