SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0088/2004
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0088/2004

Fecha: 10-Ago-2004

reconoció la competencia de la autoridad ahora recurrida

Consecuentemente, se constata que la propia actora reconoció la competencia de la autoridad ahora recurrida para conocer y resolver el recurso de revocatoria que planteó, sin que sea admisible en derecho que pretenda, por medio del recurso directo de nulidad, desconocer dicha competencia que fue admitida en forma expresa de su parte.

“...Estas actuaciones dentro del procedimiento administrativo, implican que el recurrente aceptó tácita y expresamente la competencia del Superintendente de Electricidad a.i. recurrido, de manera que ya no le cabía plantear recurso directo de nulidad  cuestionando su competencia, siendo así que la misma fue aceptada y reconocida por el recurrente, según se ha explicado. De todo lo expuesto resulta que la autoridad demandada dictó en el presente caso, la resolución impugnada con plena jurisdicción y competencia”.