Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1207/2004-R
Fecha: 02-Ago-2004
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
En este recurso el actor arguye que la autoridad recurrida ha vulnerado los derechos a la libertad, a la defensa, a la seguridad jurídica y la garantía del debido proceso de su representado, al haberlo notificado mediante edictos sin que el querellante hubiera señalado su domicilio en su querella, motivo por el que no se enteró del proceso penal en su contra, al no haber observado la falta de defensa técnica y material. Corresponde analizar, en revisión, si de acuerdo a los datos del cuaderno procesal y las normas legales aplicables, se debe otorgar la tutela que brinda el art. 18 de la CPE.