SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1245/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1245/2004-R

Fecha: 03-Ago-2004

III.4

III.4          Por otra parte, con referencia al trámite de rectificación de extensión superficial presentado a Derechos Reales por Daría Castellón vda. de Amurrio, adjuntando un testimonio por el que el Juez de Partido Décimo de la Capital ordena al Registrador proceda al cambio de superficie de la escritura de propiedad de la impetrante, esta orden señala una fecha y asiento de inscripción que corresponde al registro de la propiedad de los terrenos de los anteriores propietarios Cirilo Castellón y Cesaria Castellón de Castellón al referirse a la propiedad de la peticionante Daría Castellón vda. de Amurrio, cuya aclaración u observación, en su caso, corresponderá activar a la interesada y a la autoridad dentro de dicho trámite de inscripción, o ante el Juez que dispuso esa determinación, más aún si en dicho trámite, con referencia a la aclaración de la superficie que adquirió, el esclarecimiento corresponde a sus otorgantes y no al adquirente de manera unilateral, o a la autoridad jurisdiccional, demandada que sea la rectificación mediante acción resuelta en un proceso, en su caso, contra los presuntos interesados y herederos. En el presente caso, la recurrente carece de representación legal para actuar en representación legal de Daría Castellón, en cuyo caso como se ha señalado se deberá tener presente el carácter subsidiario del recurso de amparo. Por otra parte, en cuanto a la presunta ilegalidad e ilicitud sobre la transferencia y anotación en Derechos Reales del registro de otras transferencias sobre un bien, corresponde al recurrente acudir a la vía ordinaria ya sea civil o penal para dilucidar sobre la ilegalidad e ilicitud que acusa.