Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1267/2004-R
Fecha: 10-Ago-2004
I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
El recurrente ratificó su demanda y la amplió señalando que el Juez de la causa rechazó su solicitud de fianza de resultas bajo el argumento de no proceder una vez ejecutoriada la Sentencia, cuando el espíritu del Procedimiento Civil es otro, teniendo en cuenta que el juicio ejecutivo puede ser repuesto por la vía ordinaria.
De otra parte, en el acta de 20 de abril de 2004 referida al remate del vehículo embargado se hizo mención a un depósito judicial de 20% sin que el mismo haya sido presentado en ese momento ya que el certificado de depósito del total es de fecha posterior, de modo que se conocía el número del certificado anteladamente.