SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1267/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1267/2004-R

Fecha: 10-Ago-2004

III.3.

      procedente el presente recurso, si bien se advierte que la diligencia de notificación al recurrente con distintas Resoluciones emitidas por el Tribunal de alzada -incluido el Auto de Vista de 12 de noviembre de 2003-, efectuada el 23 de diciembre del mismo año, no cumplió las formalidades previstas por el art. 121.II del CPC al no constar la intervención de un testigo de actuación, no es menos evidente que el actor no formuló ningún reclamo ante la Sala de la Corte Superior que sustanció y resolvió su apelación, menos ante el Juez de la causa, más por el contrario a través del memorial de 27 de febrero de 2004 -por el cual anunció la ordinarización del proceso-, asumió que el juicio ejecutivo se encontraba ejecutoriado y que no reconoce ulterior recurso, lo que a su vez implica un acto consentido, libre y expreso, determinando la improcedencia del recurso respecto a esa problemática conforme los arts. 96.2 y 3 de la LTC.