SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1271/2004-R
Fecha: 10-Ago-2004
III.1.
III.1. En las Sentencias Constitucionales 1034/2000-R, 024/2001-R -entre otras- el Tribunal Constitucional ha señalado que, el procesamiento ilegal e indebido, se produce cuando un Juez o un Tribunal Judicial a tiempo de sustanciar un proceso, lesiona la garantía constitucional del debido proceso, el mismo que exige que los litigantes tengan el beneficio de un juicio imparcial ante los tribunales y que sus derechos se acomoden por las disposiciones jurídicas generales aplicables a todos aquellos que se hallen en una situación similar, es decir, implica el derecho de una persona a un proceso justo y equitativo, lo que importa a su vez el derecho a la defensa y a un Juez Imparcial. Asimismo, el procesamiento ilegal o indebido se produce por la infracción de las disposiciones legales procesales, es decir, los procedimientos y formalidades establecidos por ley. Finalmente, se entiende que el procesamiento ilegal o indebido se constituirá en causal de procedencia del recurso de habeas corpus, en los casos que como consecuencia del desconocimiento de la garantía del debido proceso se suprima o restrinja materialmente la libertad física o derecho de locomoción.