SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1299/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1299/2004-R

Fecha: 12-Ago-2004

improcedente

Concluida la audiencia el Tribunal de amparo constitucional pronuncia resolución que declara improcedente el recurso con los siguientes fundamentos: 1) en la audiencia prevista para el 5 de mayo de 2004, el imputado por intermedio de su abogado hizo representación con relación a su impedimento físico por 30 días y su deseo de asistir a la audiencia de constitución de Tribunal para ejercer sus derechos, independientemente del motivo, el Tribunal dispuso nueva audiencia después del vencimientote la fecha de impedimento, 2) el 15 de mayo de 2004, el imputado presenta un memorial adjuntando una placa radiográfica y un certificado médico solicitando nueva suspensión de audiencia  con el argumento de que no se habían consolidado las fracturas de tres de sus costillas como acredita el certificado; dicha solicitud fue considerada en audiencia, donde la parte acusadora presentó en calidad de prueba para desvirtuar la solicitud de suspensión una fotografía fechada  en forma manuscrita como del 4 de abril de 2004 y un video de 7 del mismo mes y año que demostraban para el Tribunal del proceso que el imputado se encontraba en condiciones de presentarse a la audiencia, y al no hacerlo perjudicaba el normal desarrollo del proceso; 3) que al haberse desestimado  la solicitud de la nueva suspensión  de audiencia de constitución del Tribunal, en consideración a la igualdad de las partes ,la dilación del proceso y en atención a que la audiencia no es impositiva, por ello no se ha vulnerado ningún derecho; 4) con relación al mandamiento de aprehensión  expedido en contra del imputado no puede pronunciarse por cuanto el derecho a la libertad personal no se encuentra dentro de los alcances del recurso de amparo.