SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1302/2004-R
Fecha: 10-Ago-2004
procedente
Por Resolución cursante de fs. 78 a 79 vta., el Tribunal de amparo declaró procedente el recurso, ordenando la inmediata restitución de la recurrente al cargo de Maestra Normal de Primaria en la Escuela “República Argentina”, con la imposición de daños y perjuicios, bajo el fundamento de que si bien la recurrente habría cometido faltas al no concurrir a jornadas de intercambio de experiencias y planificación de gestión, convocados por la Dirección Distrital de Educación, así como a las inscripciones y a los primeros días de clases; sin embargo, correspondía a las autoridades recurridas someter a la recurrente a un debido proceso y no destituirla intempestivamente de su fuente de trabajo, pues lo contrario, significa un desconocimiento al derecho de defensa y al debido proceso, consagrados en el art. 16.II y IV de la CPE, lesionando, también, los derechos consagrados en el art. 7 incs. a), d), f) y j) de la misma norma fundamental.