SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1322/2004-R
Fecha: 19-Ago-2004
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente arguye que los Vocales recurridos han vulnerado los derechos de sus representados a la propiedad privada a la defensa y la garantía del debido proceso, al haber confirmado la incautación del cheque Serie A 1135 por la suma de Bs132.910,60 de 31 de julio de 2003, del Banco Mercantil, adeudado por IABSA a sus mandantes por la provisión de caña de azúcar y dispuesto su entrega a favor de DIRCABI, cuya autoridad permitió que el mismo quede sin efecto al no haber tomado las precauciones de Ley para mantener su valor en Dólares Americanos como dispuso la Resolución 09/2004 de 30 de enero, al igual que el Fiscal recurrido que extemporáneamente pretende revalidarlo. En ese sentido corresponde en revisión analizar si en la especie se debe otorgar la tutela pretendida.