1416/2004-R, de 1 de septiembre de 2004
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

1416/2004-R, de 1 de septiembre de 2004

Fecha: 09-Sep-2004

2.

2.      La SC 1416/2004-R, de 1 de septiembre, aprueba la improcedencia decretada por la Corte de amparo, fundándose en que la recurrente comunicó su estado de embarazo después del vencimiento del término del contrato y luego de ser informada de su retiro, por lo que habría “permitido” el vencimiento de dicho  contrato. Expresa la citada Sentencia que la omisión de no haber comunicado su embarazo no puede ser suplida por el amparo constitucional, dado que para el cumplimiento de  lo dispuesto por la Ley 975, el embarazo de la mujer debe ser de conocimiento de la entidad estando vigente la relación laboral.