1416/2004-R, de 1 de septiembre de 2004
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

1416/2004-R, de 1 de septiembre de 2004

Fecha: 09-Sep-2004

5.

5.      Conviene dejar claro, finalmente, que la  supuesta existencia de  denuncias por presuntos actos irregulares contra la  recurrente -aspecto que no  ha sido mencionado en los fundamentos de la SC 1416/2004-R-  tampoco es  motivo para dejarla cesante cuando está en período de gestación,  por cuanto este Tribunal en sus SSCC 389/2004-R y 1749/2003-R, ha definido que aún en casos en que existan resoluciones emitidas en proceso administrativos que dispongan  el retiro de la trabajadora, si ésta se encuentra embarazada (antes de la iniciación del proceso, se entiende), tal sanción deberá cumplirse cuando  el niño o niña cumplan un año de vida, de acuerdo a la Ley 975.