AUTO CONSTITUCIONAL 488/2004-CA-Bis
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 488/2004-CA-Bis

Fecha: 03-Sep-2004

probada la demanda ordinaria interpuesta por la Empresa Maderera Bolivia Mahogany S.R.L.

En consecuencia, del análisis de las referidas resoluciones, se colige que el auto impugnado lo que pretende al disponer el cumplimiento de la SC 1220/2002, es que se dé cumplimiento al Auto de Vista de 3 de abril de 2002, resolución plenamente ejecutoriada, que declara probada la demanda ordinaria interpuesta por la Empresa Maderera Bolivia Mahogany S.R.L.; consiguientemente, no existe fundamento alguno para sustentar que la Sociedad Comercial Bolivia Mahogany S.R.L. representada por José Eduardo Añez Paz, haya sido agraviada por el Auto de Vista 283, de 2 de agosto de 2004, pronunciado por las autoridades recurridas; al evidenciarse la inexistencia de agravio, la sociedad recurrente no se encuentra legitimada para interponer el presente recurso directo de nulidad.