SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1425/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1425/2004-R

Fecha: 03-Sep-2004

Fragmento 3

El recurrente ratificó y reiteró los  términos de su demanda, añadiendo lo siguiente:  que la autoridad recurrida dispuso la detención de su representada sin haberle recibido su declaración,  sin que concurran los presupuestos previstos en el art. 226 del Código de procedimiento penal (CPP), que la querellante Claudia Amparo Corrales Dávalos, es sobrina de su representada y conoce  su domicilio, sin embargo fue citada en un lugar ajeno al mismo;  que la Fiscal ordenó la detención de su representada con un simple decreto y no fundamentó dicha Resolución.