SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1425/2004-R
Fecha: 03-Sep-2004
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
En el memorial presentado el 6 de julio de 2004 (fs. 23 a 25 vta.), el recurrente aduce que el 4 de junio de 2004, su representada fue sorprendida aproximadamente a horas 11:45, a.m. con una orden de aprehensión emitida por la fiscal Jacqueline M. Bustillo Sánchez, posteriormente remitida en calidad de detenida ante la autoridad cautelar mediante Resolución 33/04 de imputación formal, por la supuesta comisión de los delitos de estafa y estelionato.
Alega que durante la investigación en ningún momento fue citada personalmente, por el contrario se representó en dos ocasiones refiriendo que no fue habida en su domicilio sin señalar concretamente el número de su departamento que es el 5-A, piso 5to del Edificio Atlas, ubicado en la calle Sucre esquina Genaro Sanjinéz, desde el 20 de enero de 2004, lo que demuestra que su detención fue completamente ilegal y ocasionó un estado de indefensión.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- i)
- improcedente
- II.1.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.2.
- art. 97 del CPP señala que en la etapa preparatoria el denunciado prestará declaración ante el fiscal, previa citación formal, disposición legal que es de inexcusable cumplimiento