Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1442/2004-R
Fecha: 06-Sep-2004
II.2.
II.2. El 29 de abril de 2003, el recurrente fue notificado con el Auto Inicial de Proceso disciplinario 02, mediante el cual se le inició proceso disciplinario por la posible comisión de las faltas leves tipificadas en las normas previstas por el art. 9 incs. d) y g) y las faltas muy graves tipificadas por el precepto del art. 11 incs. b), e), j), k), l) y 23 del Reglamento de Faltas y Sanciones Disciplinarias del Magisterio y Personal Docente y Administrativo, y con el señalamiento de audiencia el 6 de mayo para recibir su declaración informativa (fs. 34 y 35).