SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1443/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1443/2004-R

Fecha: 06-Sep-2004

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

Por memorial presentado el 24 de junio de 2004 (fs. 27 a 29 vta.), el recurrente manifiesta que es legítimo propietario del bien inmueble ubicado sobre la que fue propiedad rústica de “Cala Caja”, signado con el 16, manzano “O”, el que se encuentra debidamente registrado en Derechos Reales y perfectamente delimitado; sin embargo, Jhilmar Fernández Coria, vecino, inició el 2 de diciembre de 2002 ante el Juzgado del recurrido una demanda sobre entrega de inmueble, dirigiendo su demanda contra Elías Tejada Nina y otros, como supuestos propietarios, logrando que se los cite mediante cédula, y si bien es cierto que tuvo conocimiento extemporáneo de algunas de esas notificaciones; empero, no prestó mayor atención porque estaba dirigida a personas que no vivían y no ocupaban su bien inmueble. No obstante de ello el demandante deliberada e intencionalmente indujo en error al Juzgador haciéndole creer que su propiedad era también de él, pese a que entre ambos inmuebles no existe continuidad, ambos tienen muros, construcciones y servicios propios, habiendo logrado que se dicte Sentencia a su favor, y que en ejecución de Sentencia se ordenó se libre mandamiento de lanzamiento.

Agrega que el 7 de junio de 2004, en su ausencia, su inmueble fue allanado y fueron lanzados dos de sus inquilinos y la cuidadora y aunque su abogado estuvo presente en el acto de lanzamiento y presentó toda la documentación referente a su propiedad, haciéndole notar al Oficial de Diligencias recurrido que las personas contra las cuales se expidió el mandamiento no vivían y tampoco ocupaban el inmueble y que por esas razones no procedía el lanzamiento contra personas ajenas al proceso, no pudo evitar dichos actos ilegales, habiendo el oficial recurrido, lejos de abstenerse de ejecutar el mandamiento y efectuar la representación del caso, continuado con el lanzamiento en presencia de la Notaria de Fe Pública, quien incluso ministró posesión al demandante.

Señala que el Juez recurrido admitió una causa que no tenía fundamento en precepto legal alguno, quien, además, no cumplió con su labor de cuidar que el juicio se desarrolle sin vicios de nulidad, tampoco valoró correctamente los antecedentes y la prueba presentada, menos evidenció físicamente que el inmueble del demandado y el suyo son inmuebles totalmente diferentes y que los supuestos demandados no ocupaban ni vivían en su inmueble, dictando un mandamiento para una persona ajena al proceso.

Finaliza señalando que el demandante, Jhilmar Fernández Coria no solo atentó y violó deliberadamente sus derechos, sino que incurrió en flagrantes delitos tales como el de persistir en la ejecución del mandamiento pese a conocer la verdadera situación del inmueble y allanando su domicilio se apropió de cosa ajena, derribó casi de inmediato el muro que dividía la propiedad y procedió al cambio de cerraduras.