Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1443/2004-R
Fecha: 06-Sep-2004
III.4.
III.4. En cuanto a la actuación del Oficial de Diligencias, consta que el mismo se limitó a dar cumplimiento a lo ordenado y dispuesto por la autoridad judicial demandada, razón por la cual no se evidencia acto ilegal alguno en el que hubiese incurrido dicho funcionario y por el que tenga que establecer responsabilidad, conforme pretende el recurrente.