SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1447/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1447/2004-R

Fecha: 06-Sep-2004

II.1.

II.1. Dentro del proceso penal que se les sigue a los representados de recurrente por la comisión del delito de tráfico de sustancias controladas, tipificado por la  Ley 1008, ante la solicitud de cesación de la detención preventiva de los representados del recurrente, la Jueza, recurrida mediante Resolución Nº 170/2004 de 2 de junio de 2004, declaró procedente la misma y les aplicó medidas sustitutivas a la detención preventiva, disponiendo que una vez cumplidas las mismas se libre el mandamiento de libertad, con los fundamentos siguientes: a) la Fiscal lo único que hizo fue observar los registros domiciliarios debidamente suscritos por el Jefe y Secretario de la División Registros; y b) se presentaron certificados de trabajo debidamente visados por el Ministerio de Trabajo y Microempresa, acreditando, el referente a Eugenio Huanca Lovera, que seguiría cumpliendo su trabajo cuando recobre su libertad y, en el correspondiente a Hipólito Corpus Mamani, que se encontraba afiliado a la Asociación de Comerciantes de ropa americana hacía un año. De igual forma se estableció con relación al mismo que tenía familia constituida en el país. En base a estas conclusiones de hecho, dando aplicación a los arts. 7, 221 y 222 del Código de Procedimiento Penal (CPP), llegó a la convicción de que concurrían nuevos elementos de juicio como exigían las normas previstas por el art. 239.1) del CPP (fs. 38-39).