SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1461/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1461/2004-R

Fecha: 14-Sep-2004

Fragmento 9

        Del cuaderno enviado a este Tribunal se evidencia en forma incontrastable que la Resolución que impugna la recurrente , mediante la  cual se declaró la perención de instancia en el proceso ordinario que entabló contra Juan Leovigildo Panozo Rojas, data del 19 de agosto de 2003, de manera que, al haber sido notificada el 22 del mismo mes y año, y formulado el amparo constitucional recién  21 de junio de la presente gestión, han transcurrido diez meses, desnaturalizando así  la esencia de este recurso, porque ha sido presentado fuera del  plazo de seis meses fijado por la jurisprudencia constitucional como término máximo para plantear una demanda de amparo, siendo uno de los elementos primordiales que lo caracterizan y le son inherentes, la inmediatez de la protección jurídica que se pretende; sin embargo, la demandante ha incumplido con este requisito de buscar la protección jurídica inmediata, inviabilizando, por extemporánea, la aplicación de la garantía prevista en el art. 19 de la CPE, no pudiendo ingresarse al examen del fondo de la problemática  presentada.