SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1461/2004-R
Fecha: 14-Sep-2004
III.1.
III.1. El amparo constitucional ha sido instituido como un recurso extraordinario que otorga protección inmediata contra los actos ilegales y las omisiones indebidas de autoridades o particulares que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir derechos y garantías fundamentales de la persona, reconocidos por la Constitución y las Leyes, siempre que no exista otro recurso o vía legal para demandar el respeto de tales derechos.
Es menester aclarar que el plazo de interposición del amparo se computa desde la notificación de la Resolución judicial cuya declaratoria de nulidad perseguía la actora, puesto que en su demanda ni en audiencia mencionó siquiera que planteó nulidad de notificación con dicho Auto, ni formuló petitorio alguno al respecto.